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CIRCULAR INFORMATIVA NUEVOS PERMISOS RETRIBUIDOS 2.023

El pasado miércoles 28 de junio de 2023 se publicaron en el BOE nuevos permisos retribuidos a tener en cuenta por su empresa y que se detallan en cuadro adjunto.

 

Permiso Descripción o cambio Impacto en el permiso
Permiso pare​​​​​​​ntal. Permiso NO RETRIBUIDO, con una duración máxima de 8 semanas para el cuidado de menores de 8 años. Novedad.
Permiso por accidente o enfermedad grave, hospitalización o
intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario.
Se amplía a 5 días de permiso retribuido.

 

Se amplía el derecho a parejas de hecho y a cualquier otra persona conviviente con persona trabajadora.

Antes eran 2 días de permiso.
(4 días si había desplazamiento).
Derecho a ausentarse por fuerza mayor. Permiso retribuido para ausentarse por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o convivientes. Duración máxima de 4 días al año. Novedad.
Permiso por fallecimiento familiar. Se equiparan matrimonio y pareja de hecho. No cambia
(2 días).
Adaptación
de jornada.
Se amplía a cónyuge y parejas de hecho y familiares por consanguinidad hasta 2º grado o personas dependientes que convivan con la persona trabajadora. Se amplían los supuestos en que se puede solicitar la adaptación de jornada.
Excedencia y reducción de jornada por cuidado de familiares. Se incluye al cónyuge y pareja de hecho, cuando por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueden valerse por sí mismo y no desempeñen actividad retribuida. No cambia.
Permiso de matrimonio. Se equiparan matrimonio y pareja de hecho. No cambia.
Parto múltiple o nacimiento
de hijo con discapacidad.
En caso de haber una única persona progenitora, esta podrá disfrutar íntegramente de las dos semanas de ampliación del permiso. Novedad.

Estos permisos están vigentes desde su publicación el pasado 28/06/2023 lo que se comunica a los efectos de que tenga conocimiento de los mismos.

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