La firma electrónica reconocida a nivel fiscal y legal es el mayor recurso de competitividad accesible a todos los perfiles de empresa. La supresión del soporte impreso en las relaciones formales con terceros, la reducción de tiempos, costes de mensajería, almacenamiento,… que aporta la firma electrónica, la convierten en un elemento crítico de eficacia y reducción de costes y por ello la Administración Pública impulsa contextos de uso reales para incentivar su adopción por parte de todas las empresas.
En el ámbito mercantil, la modalidad de firma electrónica demandada, es la denominada firma electrónica intervenida de larga duración, dado que aporta las siguientes prestaciones avanzadas:
- Verificación de vigencia del certificado del titular como paso previo a permitir la firma
- Inclusión en el documento de firma del acta de vigencia del certificado firmada por la AC emisora
- Inclusión en el documento de firma del sello de tiempo firmado por la AC emisora del certificado
- Acreditación en el propio documento de firma del dispositivo seguro de firma empleado para generarla 4. Acceso al acta de encadenamiento de sellos de tiempo al que se vincula la firma recibida.
Las ventajas que aporta esta modalidad de firma son incuestionables dado que ambas partes, y los terceros que deban acceder a la firma (procesos legales, auditorías, arbitrajes, peritaciones,…) disponen de todos los elementos requeridos para la validación de la firma en el propio documento.