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SUBVENCION A EMPRESAS PARA EL MANTENIMIETNO DEL EMPLEO TRAS LA CRISIS DEL COVID-19

coronavirus

Organismo

CABILDO DE TENERIFE

Objeto

EMPRESA que presentar ERTE

Que ha TODOS REINCORPORARON LA TOTALIDAD DE PLANTILLA, a la fecha

Todos

sas que en el estado de alarma se han visto obligadas a presentar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, con el objeto de que puedan hacer frente a parte de los costes salariales que les permita poder mantener el empleo una vez superado el estado de alarma

Requisitos

  • Tener centro de trabajo en la isla de Tenerife.

  • Tener contratadas laboralmente, a la fecha de la declaración del estado de alarma (14/03/2020), entre 1 y 10 personas trabajadoras.

  • Haber tenido, en el ejercicio 2019, un rendimiento neto, o en su caso un resultado de explotación, inferior al importe que se determine en cada convocatoria. En el supuesto de que la empresa haya iniciado su actividad con posterioridad al 1 de enero de 2019 el cálculo del rendimiento neto anual, o resultado de explotación, se calculará de forma proporcional. Si la actividad empresarial se iniciara con posterioridad al 1 de enero de 2020, el citado cálculo se realizará, siguiendo el criterio anterior, tomando como referencia el rendimiento neto de los meses en que ha tenido actividad.

  • Haber realizado un ERTE con posterioridad a la declaración del estado de alarma (14/03/2020) y debe estar aprobado por la autoridad laboral competente, bien por resolución expresa o por silencio administrativo.

  • En el momento de la presentación de la solicitud, haber reiniciado su actividad económica, con la incorporación de la totalidad del personal afectado por el ERTE y restableciendo la jornada laboral preexistente.

  • No haber sido beneficiaria de esta misma línea de subvenciones en convocatorias anteriores.

Plazo de presentación

Pendiente de fecha

Cuantía

El importe de la subvención se calculará en función al número de contratos afectados por el ERTE, conforme al detalle siguiente:

  • Un contrato – 2.250,00 €
  • Hasta dos contratos – 4.500,00 €
  • Hasta tres contratos – 5.250,00 €
  • Hasta cuatro contratos – 6.000,00 €
  • Hasta cinco contratos – 6.750,00 €

 

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