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SUBVENCIONES PARA LA MODERNIZACIÓN Y DIVERSIFICACIÓN DEL SECTOR INDUSTRIAL

0005 Contabilidad

Estimados Sr./Sres.:

Nos ponemos en contacto con Ustedes para comunicarles que se ha convocado concurso para la concesión de subvenciones que se regirán por las siguientes bases.

A.- RESUMEN DE LAS BASES
A.1 Organismo Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento
A.2 Objeto Fomentar la modernización y diversificación del sector industrial.
A.3 Beneficiarios Pequeñas y medianas empresas (pyme) cuya actividad principal sea industrial y cuyo proyecto objeto de subvención se realice en Canarias.
A.4 Modalidades subvencionables A) Línea I: inversiones en establecimientos industriales.

B) Línea II: comprenderá los siguientes dos subtipos de actuaciones: Apoyo a la calidad en la producción

A.5 Gastos subvencionables. A) Línea I: inversiones en establecimientos industriales con el fin de: crear un establecimiento nuevo, ampliar su capacidad, diversificar su producción, o realizar una transformación fundamental del proceso global de producción (se consideran dentro este último los proyectos de ahorro y eficiencia energética).

B) Línea II: comprenderá los siguientes dos subtipos de actuaciones: Apoyo a la calidad en la producción, que tendrá por objeto: capacitar mediante acreditación de laboratorios de ensayo o de calibración, certificar productos industriales, crear o modernizar laboratorios de control de calidad en las pymes industriales, o implantar sistemas de inocuidad de los alimentos según ISO 22000 o de seguridad alimentaria tales como BRC o IFS.

 

A.6 Cuantía subvenciones Línea I: el porcentaje de subvención será variable, en función de la antigüedad de la pyme y del importe de la inversión aprobada del proyecto, calculándose por tramos conforme a la tabla que consta en la base específica 3ª. El porcentaje de subvención en los distintos tramos oscila entre el 20% y el 40%. En el tramo de inversión a partir de los 900.000 euros el porcentaje de subvención será cero.

Si hay compromiso de creación de empleo fijo, el porcentaje resultante del cómputo anterior podrá incrementarse hasta en 5 puntos porcentuales. La inversión mínima será de 10.000 euros y la subvención máxima será de 240.000 euros, excepto en los proyectos de ahorro y eficiencia energética, en los que la cuantía máxima estará limitada a 75.000 euros.

 

Línea II: el porcentaje de subvención estará comprendido entre el 40% y el 50% de la

inversión aprobada, con una cuantía máxima por proyecto de 30.000 euros para el subtipo de

actuaciones de apoyo a la calidad en la producción y de 10.000 euros para el resto.

B.- PLAZOS A CUMPLIR
B.1 Plazo de inversión Desde la fecha de la presentación de la solicitud
B.2 Plazo de solicitud 22 de mayo de 2019
B.3 Plazo de justificación 30 de octubre de 2019
B.4 Abono de subvención Previa justificación de realización de la actividad, mediante un pago único realizado por transferencia.
C.- OBLIGACIONES
C.1 Justificación de inversión. Mediante facturas y justificantes de pago.
C.2 Mantenimiento de inversión 3 años.
C.3 Otros requisitos Comunicación a la Consejería de las alteraciones en las circunstancias, así como el importe de otras subvenciones recibidas con posterioridad.

Llevar los registros contables obligatorios.

Facilitar toda la información que les sea requerida para el control por parte de la Administración Pública.

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