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Bruselas fuerza a España a prorrogar los ERTEs para poder acceder a las ayudas europeas ( “Se baraja” prorrogarlos hasta el 30 de septiembre)

coronavirus

1.- Debemos esperar, a concretar, y especialmente a BOE

Los ERTES de FUERZA MAYOR (la segunda fase de los ERTES con efectos 1 de julio) se ha “estimando” la fecha del 30 de septiembre como nuevo plazo de vencimiento.

No quieren establecer una fecha rígida, sino determinar las causas que justifiquen la continuidad acepta extenderlos al 30 de septiembre y admiten ulteriores ampliaciones fruto de la negociación. 

El objetivo de determinar qué sectores deberían continuar con los Ertes de fuerza mayor una vez alcanzado el límite legal del 30 de junio, o en defecto determinar causas que justificarán que empresas o sectores en conjunto puedan continuar.

Es de máxima importancia acreditar motivo, para ello indispensables por si hubiera inspección de Trabajo, para ello “justificación”, como indica siguiente párrafo

2.- Alternativa “B”, es preparar un ERTE ECONOMICO efecto 1 de julio

Documentar y justificar, para una posible confección de este tipo de ERTE por causas Económicas, Organizativas, ó de Producción.

Justificación (es lo importante)

  • Email, contratos, anexos, de clientes ó proveedores, de estas fechas de junio.

  • Balance comparativa mensual desde enero hasta junio 2020, y comparativa con 2019.

  • Libro de facturas emitidas por cada uno de los meses desde enero 2020 hasta las fechas.

  • Otros a definir según condiciones de la pyme.

Para ambos supuestos es recomendable, e indispensalbe disponer de la “justificación oportuna”.

Estimamos como fecha para la gestión de nuevos ERTE el 15 de junio, a partir de esa fecha si se desconoce, se debería inicar los trámites.

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