
- Para el sector de el turismo. Es por ello que se elimina el formato de ertes anterior, en el que cohabitaban ertes de fuerza mayor y ‘etops‘ y se activa uno nuevo.
- Las empresas en erte serán exoneradas de entre el 85% y el 70% de las cotizaciones sociales de sus empleados.
- Las empresas que podrán adherirse a dichas ayudas lo definirá una lista de CNAEs (código nacional de actividades económicas)
- Dicha lista concreta será publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Y a la misma podrán sumarse empresas que formen parte de otros CNAEs, pero que puedan acreditar que más del 50% de su facturación depende de firmas que sí están en la lista.. No todo el comercio está en esos CNAEs.
- El límite para estos ‘Ertes por sectores’ es que las empresas que quieran acogerse no podrán tener reactivados a más del 65% de su plantilla. La normativa laboral, contempla que una persona que cobre prestación de paro durante más de seis meses ve disminuir al séptimo su prestación. Del 70% de la base reguladora al 50%. El Real Decreto del Gobierno tendrá una disposición adicional que garantice que la paga continuará al 70% de la base reguladora.
Todo ello pendiente de publicación y ampliación de información.