Podrán solicitarlo las empleadas de hogar que hayan dejado de prestar servicios total o parcialmente, en uno o varios domicilios, a causa de la crisis sanitaria del Covid-19. Tendrán derecho a un subsidio de desempleo excepcional las personas trabajadoras con contratos temporales de, al menos, dos meses de duración que se hayan extinguido durante el estado de alarma y no hayan cotizado lo suficiente para acceder a la prestación por desempleo
Para solicitar el nuevo subsidio será necesario acreditar la pérdida total o parcial de la actividad con
- la declaración responsable firmada de la persona empleadora.
- la carta de despido, la comunicación de desistimiento.
- la baja en el Sistema Especial de Empleadas de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.
- Se habilitará SEPE un sistema de solicitudes específico.
El Gobierno flexibiliza los aplazamientos de las cuotas de la Seguridad Social para empresas y autónomos
Los autónomos y empresas podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas que se deben pagar en el mes de abril a un interés reducido del 0,5%; además, podrán aplazar hasta seis meses el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social de los meses de mayo, junio y julio.
Calendario de la declaración de la Renta 2019
Las fecha de presentación de RENTA se mantiene intacta, ya que no se interrumpen los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias.
Prestación para trabajadores temporales
Se ha aprobado un Subsidio de Desempleo Excepcional por el Fin de Contrato Temporal. Podrán acceder a él las personas trabajadoras que disfrutasen de un contrato de, al menos, dos meses de duración que se hubiese extinguido tras la entrada en vigor del estado de alarma y que no contasen con cotizaciones suficientes para acceder a una prestación por desempleo.