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Detalle de PROCEDIMIENTOS para APLAZAMIENTOS

309-coronavirus

a.- APLAZAMIENTO, cuotas Cotización a Seguridad Social. Relación Nominal de Trabajadores (RNT) y Relación de liquidación de cotizaciones (RLC), antiguos TC1 Y TC2.

  1. Solicitud inicial.
  2. Acuse recibió Notificación de electrónicas de S. Social.
  3. Envío notificación a empresa, de solicitud
  4. Apertura de expediente de control.
  5. Verificación diaria de Buzón, en espera de Respuesta.
  6. Recepción de Resolución admitida, buzón Asesoría.
  7. Recepción información pago cuota obrero inaplazable.
  8. Verificación de Resolución de importe Cuota obrera.
  9. Carta Paga de Cuota, hay enviar a pyme para su pago
  10. Recepción documento de pago, y posterior envío a Sede, para verificación.
  11. Recibimos Hoja de Amortización, con detalle vencimiento.
  12. Envío a la pyme de Hoja Amortización.
  13. Cada nueva anualidad, solicitar nueva Amortización.
  14. Seguimiento de pago y actualización de fraccionamiento.
  15. Tiempo estimado de Resolución mínimo un mes (antes de coronavirus).
  16. Plazo máximo para solicitar aplazamiento, día 7 de cada mes.

b.- Aplazamiento Modelos 111 (anteriormente no se podía fraccionar, de Retenciones a cuenta IRPF, a trabajadores)

Aplazamiento Modelos 130, 111, 115, 202, 131, y cuotas S. Social Autónomos.

  1. Solicitud inicial Telemáticamente.
  2. Acuse recibió Notificación de electrónicas de S. Social.
  3. Envío notificación a empresa, de solicitud
  4. Apertura de expediente de control.
  5. Verificación diaria de Buzón, en espera de Respuesta.
  6. Recepción de Resolución admitida, buzón Asesoría.
  7. Detalle de pago cuotas, periodo cargo, con detalle intereses. Comprobación.
  8. Envío a empresa para conocimiento y control de Cuotas en Vencimiento.
  9. Seguimiento de pago en caso incidencia o impago.
  10. Hasta ahora, el impago de 3 cuotas implica desestiman Fraccionamiento, además de imposibilita nuevas solicitudes.
  11. Tiempo estimado de Resolución mínimo 10 días (antes coronavirus)
  12. Plazo máximo para solicitar aplazamiento, día 10 de cada mes (en trimestrales p. fiscales).
INFORMACON GENERAL APLAZAMIENTO PAGOS COTIZACIONES EN S. SOCIAL.

Se tiene que solicitar

Según el Real Decreto-ley 11/2020, de medidas urgentes complementarias en el ámbito social.

1. Moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social.

Se habilita a la Tesorería General de la Seguridad Social a otorgar moratorias de seis meses, sin interés, a las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos que lo soliciten y cumplan los requisitos

1. Empresas (jurídicas), cuyo período de devengo, esté comprendido los meses de abril, mayo, y junio de 2020 (estas cuotas se pagan ultimo día de siguiente mes).

 El mes de marzo, que se deberá pagar el 30 abril no se incluye en esta normativa.

Si se solicitada fraccionamiento del mes de marzo, no se podría solicitar los otros 3 meses de abril, mayo y junio.

1. Autónomo, entre mayo, junio y julio de 2020, siempre que las actividades que realicen no se hayan suspendido. (estas cuotas se pagan ultimo día mismo mes).

La cuota de abril, que se deberá pagar el 30 de abril, no se incluye en esta normativa.

Si se solicitara de este mes abril, no se podría solicitar los otros 3 meses de mayo, junio, y julio.

Los autónomos que hayan suspendido su actividad y pasen a percibir la prestación por cese (que no hayan ingresado en plazo las cotizaciones sociales correspondientes a los días efectivamente trabajados del mes de marzo), podrán abonarlas fuera de plazo sin recargo.

2. Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social.

Las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad social o los autorizados para actuar a través del Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social (Sistema RED), siempre que no tuvieran otro aplazamiento en vigor, podrán solicitar el aplazamiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social cuyo plazo reglamentario de ingreso tenga lugar entre los meses de abril y junio de 2020, en los términos y condiciones establecidos en la normativa de Seguridad Social, siendo de aplicación un interés del 0,5%.

3.- Plazo de presentación de la SOLICITUD. (IMPORTANTE)

Hay que tramitarlo todo ello en plazo que se dicen solicitar el encargo

Mes de cotización                           Régimen General                              Autónomo

abril                                                   6 de mayo                                                —

mayo                                                 8 de junio                                           6 de mayo

junio                                                 8 de julio                                            8 de junio

julio                                                  8 de julio

 

 

 

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