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AUTONOMOS Y PRESTACION POR CESE

coronavirus

El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para, Prestación extraordinaria por cese de actividad.

a.- ¿Quiénes tienen derecho a la prestación?

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas circunstancias sean las siguientes:

  • Que su actividad haya quedado suspendida en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma.
  • Que la facturación en el mes anterior (MARZO) al que se solicita la prestación (abril) se haya visto reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.
  • Los autónomos en esta situación estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social y, además, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, lo que supone un mínimo de 661€ para quienes hayan tenido que cerrar su negocio o hayan perdido el 75% de su facturación.
  • Estar afiliados y en alta, en la fecha de la declaración del estado de alarma, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  •   Hallarse al corriente.
  • La duración de la citada prestación se encuentra limitada a un mes a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, o hasta el último día del mes en que finalice dicho estado de alarma, en caso de prologarse éste durante más de un mes.
  • El tiempo durante el que se perciba la prestación se entenderá como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.
  • c.- Duración de la prestación.
  • En el supuesto de que su actividad no se vea directamente suspendida deberán acreditar la reducción de su facturación en, al menos, un 75 por ciento, en relación con la efectuada en el semestre anterior.
  • Deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • Plazo: hasta el 14 de abril, siempre y cuando no se prorrogue el estado de alerta.
  • b.- Requisitos:

d.-El Gobierno sigue trabajando en medidas de calado como esta prestación extraordinaria para ayudar a quienes están pasando dificultades.

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