Estimados Sres.:
Nos ponemos en contacto con Uds. para comunicarles que si su empresa ha contratado a Profesionales Liberales que sean trabajadores por cuenta propia, tales como Abogados, Ingenieros, Arquitectos, Aparejadores, Delineantes, Peritos, Ingenieros, Notarios, Graduado Social u otros, y le han extendido una facturas (inclusive entregas a cuenta que conlleva la obligación de retención) donde se haga constar retenciones, deberá comunicarlo para ingresarlo ante la Agencia Tributaria, por la vía del modelo fiscal (modelo 111) correspondiente a cada trimestre natural.