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Obligados a realizar Declaración IRPF de los que cobren desempleo en 2024

El Real Decreto 2/2024 del 21 de mayo modificó la Ley General de la Seguridad Social. Algunos cambios se aplicaron en aquel momento, mientras que otros entrarán en vigor a partir del 1 de noviembre de 2024. Este es el caso del artículo 299, donde se incluye un apartado que establece una nueva obligación de los beneficiarios de la prestación por desempleo: “Presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.

La normativa aplicará a todas las personas que hayan cobrado subsidios por desempleo en 2024”, aunque entre en vigor el 1 de noviembre de este año. Según BOE 23/05/2024.

Copia de BOE.

k) Presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas.

2. A estos efectos tendrán la consideración de beneficairios de prestaciones por desempleo lso trabajadores desempleados durante el plazo de quince días hábiles de solicitud de las prórrogas del subsidio pro desempleo establecida en el articulo 276.2, así como duranta la suspensión cautelar o definitiva de la prestación o subsidio por desempleo como consecuencia de un procedimiento sancionador o de lo establecido en el artículo 271.1.h.

 

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