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MODIFICACIONES PLAZOS RIC A PARTIR 30/12/2020

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El pasado 30 de diciembre se publicaron en el BOE determinadas modificaciones en los plazos a tener en cuenta a efectos de la aplicación del incentivo de la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC).

Las modificaciones contempladas son las siguientes:

 

  • Aquellos contribuyentes que hubieran efectuado dotaciones a la RIC con cargo a beneficios de 2016, tendrán un plazo de cuatro años desde la fecha de devengo del impuesto del ejercicio en el que se dote esta Reserva para realizar las inversiones en las que vaya a materializar la misma.
  • Por tanto, se amplía en un año, el plazo del que disponen estos contribuyentes para realizar estar inversiones, de manera que, si una entidad efectuó en 2017 una dotación a la RIC con cargo a los beneficios obtenidos en 2016, el plazo para materializar la misma finalizaría el 31 de diciembre de 2021.
  • Los contribuyentes que hayan efectuado inversiones anticipadas en 2017 a cuenta de futuras dotaciones de la RIC, podrán destinarlas a dotaciones de esta Reserva que efectúen con cargo a beneficios que obtengan hasta 2021.