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REGISTRO RETRIBUTIVO

Informarles de las obligaciones formales que exige la Dirección General de Trabajo.

EMPRESAS QUE DEBEN ELABORAR UN REGISTRO RETRIBUTIVO.

¿Qué empresas están obligadas a elaborar un registro retributivo? Todas las empresas conforme al artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, con independencia de su tamaño, están obligadas a elaborar un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.

Les adjuntamos información para vuestro conocimiento.

En la actualidad, la Inspección de Trabajo no está requiriendo  habitualmente, esta documentación, pero seguro en su día lo hará.

Si quisieran ampliar la información o tramitar y ELABORAR DICHO REGISTRO, estamos a vuestra disposición.

FAQs_registro_retributivo

Herramienta_Registro_Retributivo

Ejemplo_Uso_Herramienta_Registro_Retributivo