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Anteproyecto ley reducción de jornada a 37,5 semanales Incrementa costes laboral 6%

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¿ La nueva la reducción de la jornada laboral?

 

  1. La jornada laboral supondría la reducción de la actividad laboral que pasaría de las 40 horas semanales actuales hasta las 37,5 horas semanales, una aplicación progresiva:
  2. Primer periodo reducción a 38,5 horas semanales.
  3. Segundo periodo reducción definitiva a 37,5 horas semanales.
  4. La reducción de horas de trabajo no implicará ninguna disminución en el salario de las personas trabajadoras.
  5. Empresas y personas trabajadoras tendrán que acordar cómo organizar la jornada dentro del límite legal.
  6. En lugar de mantener un horario fijo todas las semanas, las empresas podrían ajustar las jornadas laborales según las necesidades específicas de producción o demanda en diferentes épocas del año.
  7. Actualmente, las empresas pueden variar la jornada laboral en un 10% para atender necesidades esenciales.
  8. Se insiste en tener presente la desconexión digitalseñalando que para que la reducción de la jornada se realice de forma eficaz (la  recepción de emails o llamadas fuera del horario laboral)
  9. Se pretende la creación de un nuevo registro de jornadaque sea digital y accesible para cada persona trabajadora, los representantes sindicales y la Inspección de Trabajo.
  10. La empresa estará obligada a conservar los registros durante un período de cuatro años.
  11. Las horas que excedan la jornada ordinaria tendrán la consideración de horas extraordinarias o horas complementarias, según corresponda, dentro de los límites legales.
  12. La empresa será responsable de demostrar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el registro de jornada.
  13. La carga de la prueba respecto a la jornada efectivamente realizada recaerá en la empresa.
  14. En contratos a tiempo parcial se presumirá que el contrato es a jornada completa salvo prueba en contrario que acredite la parcialidad de los servicios.
  15. Según el borrador de Trabajo,las personas que trabajen a tiempo parcial podrán seguir realizando el mismo número de horas que venían haciendo antes de la entrada en vigor de la nueva norma.
  16. Además, no se contempla aumentar el número de horas extra permitidas legalmente en España para compensar la reducción de la jornada ordinaria.
  17. Para una persona trabajadora con jornada completa las horas extra no podrán superar las 80 al año.
  18. Para las personas con una jornada inferior a la general de la empresa el número máximo de horas extraordinarias anuales se reducirá proporcionalmente a su jornada.
  19. Con los cambios propuestos en el registro horario todo el tiempo transcurrido entre el inicio y la finalización de la jornada, reflejado en el registro, será considerado tiempo de trabajo efectivo.
  20. El tiempo que exceda de la jornada ordinaria será considerado, según corresponda, como horas extraordinarias o complementarias.
  21. Aumento de los costes laborales. las empresas verán incrementado el coste por hora trabajada.
  22. Dificultades para mantener el mismo horario. Sectores como la hostelería o el comercio.
  23. Es importante destacar que las horas extraordinarias generalmente son voluntarias.

 

 

Actualmente, el SMI está fijado en 1.323 euros al mes en 12 pagas, lo que equivale a un total anual de 15.876 euros. Si se distribuye en 14 pagas, el salario mensual se reduce a 1.134 euros.

En cuanto al salario mínimo diario este sería: